
Nuevo procedimiento para el ingreso de facturas
Estimado Prestador:
En nuestro afán por seguir mejorando y consolidando nuestra relación, queremos informarle sobre la entrada en vigencia de la Ley 20.956 que modificó algunas disposiciones de la Ley 19.983, efectuando cambios tanto en la forma como en los plazos de respuesta y aceptación de las Facturas Electrónicas.
Esta nueva ley aplica para Facturas Electrónicas Afectas y Facturas Exenta, las cuales pueden ser reclamadas durante los primeros 8 días (192 horas contadas desde la recepción OK en el SII) si se considera que no cumplen con lo requerido.
Debido a lo anterior, queremos contarle que a partir del 01 de febrero de 2018 se actualizará nuestro Portal de Prestadores, el cual:
- Validará todas las facturas contra nuestro sistema de recepción de documentos electrónicos (ACEPTA). Si la factura no se encuentra dentro de nuestros sistemas, no se podrá generar la solicitud de pago, denominada SPP.
Por lo tanto, le solicitamos que tenga configurada su suite electrónica con nuestro mail declarado en el SII vidatresrecepcion@custodium.com, para todas las facturas electrónicas emitidas a Isapre Vida Tres.
Además, le recordamos que a partir del 02 de enero de 2018 nuestras sucursales no recepcionarán facturas para cobrar bonos, por lo que deberán ingresarse exclusivamente a través del Portal de Prestadores. Esta medida no aplicará en el caso de facturas dobles (factura afecta y exenta en un mismo proceso de cobro).
Si tiene alguna consulta relacionada a este tema, por favor envíenos un e-mail a prestadores@vidatres.cl
Atentamente,
Isapre Vida Tres